miércoles, 19 de diciembre de 2007

Los instrumentos financieros: conceptos generales para no agobiarse

Hola a todos:

Una de las principales novedades del PGC es la clasificación, valoración y definición de los instrumentos financieros. ¿Qué son los instrumentos financieros? Pues no son ni más ni menos que los medios a través de los cuales se financia la empresa (préstamos, proveedores, capital, etc), o los cauces por los cuales la empresa financia a terceros (clientes, créditos a terceros inversiones otras empresas incluyendo las del grupo, etc.). Tan fácil como eso. Las nuevas denominaciones asustan mucho a la plenitud de los usuarios de la nueva norma.

El PGC define un instrumento financiero como:
"Un contrato que da lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa."
En los siguientes post iremos desgranando todos y cada uno de los instrumentos financieros. Los instrumentos financieros se clasifican principalmente en:
-ACTIVOS FINANCIEROS
-PASIVOS FINANCIEROS
-INSTRUMENTOS DE CAPITAL PROPIO EMITIDOS.
Podreis encontrar casos prácticos de instrumentos financieros en este LINK.
Saludos desde Granada,
Manuel Rejón
Instrumentos Financeiros IFRS
Instrumentos Financeiros no IFRS

domingo, 16 de diciembre de 2007

¡Ojo! El balance de apertura de 2008 no es el efecto 2000

Hola a todos:

Mucha gente se está asustando con el balance de apertura de 2008. Ante todo, lo primero que hay que decir es: CALMA. El balance de apertura de 2008 tiene una transcendencia limitada en dos ámbitos: clasificación en cuentas contables y valorativa. La clasificación contable podreis solventarla con vuestro proveedor de software, que os debe hacer la conversión de las cuentas. Aún así, tendreis que hacer una revisión de dicha conversión como economistas y contables que sois. Para ello, debemos seguir las normas marcadas en el Real Decreto 1514/2007 que aprueba el nuevo PGC, que para la gran mayoría de las empresas resultan de gran simplicidad. Os pongo el enlace direto a mi artículo en Partida Doble, relativo al balance de apertura (que os lo podeis bajar gratuitamente):
Saludos desde Granada,
Manolo Rejón

viernes, 14 de diciembre de 2007

Por fin está el libro a la venta


Hola a todos:
¿Veis la cueva de la foto? En ella he estado encerrado terminando el manual (es broma), por lo que os he tenido un poco abandonados. Os pido disculpas por ello, voy a retomar mi actividad bloggera.
Los datos definitivos del libro, ya a la venta, son:
Título: Manual Práctico del nuevo Plan General de Contabilidad 2008.
Páginas: 380 (aprox.)
Autor: Manuel Rejón López
Precio: 20 € (IVA incluido)
Editorial: Grupo Editorial Universitario (GEU)
Dirección de la editorial, para pedidos: Camino de Ronda, 202 - Local 2.
18003 GRANADA
Tlf: 958800580
Espero que os guste, pues se trata de un manual práctico con el que alcanzareis una comprensión integral del nuevo Plan General de Contabilidad.
Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

viernes, 23 de noviembre de 2007

Nuevo artículo sobre el balance de apertura de 2008

Hola coleguillas:

En el número de diciembre de la revista Partida Doble (http://www.partidadoble.es) vais a encontrar un artículo mío sobre cómo realizar el balance de apertura de 2008 (tema laborioso) en base a lo dispuesto en el Real Decreto 1514/2007 que aprueba el nuevo PGC. No obstante, si quereis ir adelantando algo de estudio al respecto, os recomiendo un powerpoint mío que ha publicado AECA en su página web: http://www.aeca.es/otrasponencias.htm Espero que os pueda ser de utilidad.
Saludos desde Granada,
Manolo Rejón

Novedades importantes en el PGC (X): Diferenciar entre operaciones continuadas y operaciones interrumpidas

Hola a todos:

El nuevo PGC, en la cuenta de pérdidas y ganancias distingue entre resultados por operaciones continuadas y por operaciones interrumpidas (el PGC 1990 no hacía ninguna distinción entre ambos tipos de operaciones). Las normas de elaboración de las cuentas anuales dicen que en la partida 18. “Resultado del ejercicio procedente de operaciones interrumpidas neto de impuestos” del modelo normal de cuenta de pérdidas y ganancias, la empresa incluirá un importe único que comprenda:
El resultado después de impuestos de las actividades interrumpidas; y
•El resultado después de impuestos reconocido por la valoración a valor razonable menos los costes de venta, o bien por la enajenación o disposición por otros medios de los activos o grupos enajenables de elementos que constituyan la actividad interrumpida.
El PGC 2008 define una actividad interrumpida como "todo componente de una empresa que ha sido enajenado o se ha dispuesto de él por otra vía, o bien que ha sido clasificado como mantenido para la venta, y:
a) Represente una línea de negocio o un área geográfica de la explotación, que sea significativa y pueda considerarse separada del resto;
b) Forme parte de un plan individual y coordinado para enajenar o disponer por otra vía de una línea de negocio o de un área geográfica de la explotación que sea significativa y pueda considerarse separada del resto; o
c) Sea una empresa dependiente adquirida exclusivamente con la finalidad de venderla."
Saludos desde Granada,
Manolo Rejón

jueves, 22 de noviembre de 2007

Reitero: curso en Granada sobre el nuevo PGC

Hola nuevamente a todos:

Ante vuestra insistencia de información en relación con el Curso sobre el nuevo Plan General de Contabilidad que más abajo os puse, y una vez confeccionado el programa y las fechas definitivas, os facilito la información completa:
Curso sobre el nuevo Plan General de Contabilidad
Fechas: 11, 12 y 13 de diciembre de 2007
Horario: 16,30 a 20,30 hh.
Lugar: Granada
Ponentes: catedráticos y profesores de Universidad y expertos profesionales en el nuevo PGC.
Temática a abordar: problemática teórica y práctica del nuevo PGC, enfocado a Pymes principalmente.
Precio: 175 €
Forma de pago: por transferencia bancaria o en metálico.
Inscripciones: llamar a 958-468964, 958-289711 ó 615190371, o mandarme un correo a mrejonlopez@gmail.com
Aunque suene a tópico, quedan 6 plazas libres, así que apuntaros pronto. Si hubiera exceso de peticiones, plantearemos otro curso pero ya a principios de 2008.
Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

miércoles, 21 de noviembre de 2007

Publicados en el BOE el PGC y el PGC-Pymes

Hola a todos. Por fin ha llegado el día. Ayer (20.11.07) se publicó en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Plan General de Contabilidad y hoy (21.11.07), el Plan General de Contabilidad para Pequeñas y Medianas Empresas.
Tras una lectura por encima he podido detectar algunos pequeños cambios respecto a los borradores publicados meses atrás. Ya no hay excusas. Es la hora de volver a estudiar contabilidad a fondo.
En la columna de "links muy importantes" que teneis a la derecha podeis encontrar los textos íntegros de los nuevos PGC y PGC Pymes. Así como estoy disponible para cualquier cuestión que os pueda resolver.
Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

sábado, 17 de noviembre de 2007

Ya se ha aprobado el nuevo Plan General de Contabilidad (16.11.07)


En la foto tenemos la belleza en sus dos vertientes: Virginia e Italia. Hola a todos. Ya tenemos nuevo Plan General de Contabilidad y PGC para PYMES. Ayer viernes 16 de noviembre fue aprobado en el Consejo de Ministros. Todavía no ha sido publicado en el BOE por lo que no conocemos cuáles han sido las modificaciones respecto al borrador de julio de este año, pero esperamos que sean mínimas. Queda un mes y medio para final de año y tenemos mucho trabajo por delante.

Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

sábado, 10 de noviembre de 2007

Novedades importantes en el PGC (IX): el impuesto sobre beneficios

Hola nuevamente. Esta foto me la hicieron en los Museos Vaticanos. Si algo tenemos que agradecer a libros como "Ángeles y Demonios" o "El Código da Vinci" de Dan Brown, es que cuando pisas uno de los lugares citados en estas obras te sientes como parte de una aventura...la literatura mola.
En el impuesto sobre sociedades concebido en el nuevo PGC 2008 tenemos que diferenciar entre el gastos y activos/pasivos por impuesto corriente y el gasto y activos/pasivos por impuesto diferido.
El impuesto corriente es la cantidad que satisface la empresa como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto o impuestos sobre el beneficio relativas a un ejercicio.
Por el contrario, el impuesto diferido resulta de las diferencias temporarias, que son aquéllas derivadas de la diferente valoración, contable y fiscal, atribuida a los activos, pasivos y determinados instrumentos de patrimonio de la empresa, en la medida en que tengan incidencia en la carga fiscal futura.
Es importante saber que las diferencias temporarias proceden de las diferencias temporales y otro casos (más extraños en el devenir corriente de la empresa) derivados de:
  • Ingresos y gastos registrados directamente en el patrimonio neto que no se computan en la base imponible, incluidas las variaciones de valor de los activos y pasivos, siempre que dichas variaciones difieran de las atribuidas a efectos fiscales;
  • En una combinación de negocios, cuando los elementos patrimoniales se registran por un valor contable que difiere del valor atribuido a efectos fiscales; y
  • En el reconocimiento inicial de un elemento, que no proceda de una combinación de negocios, si su valor contable difiere del atribuido a efectos fiscales.
Finalmente, si os quereis enterar bien bien pero que bien de cómo funciona la nueva contabilización del impuesto sobre beneficios, es obligada la lectura del artículo "La contabilización del Impuesto sobre Sociedades según el Borrador del nuevo Plan General de Contabilidad" de los prestigiosos profesores Ramón García-Olmedo Domínguez y Enrique Corona Romero, que se publica en la revista Técnica Contable en los meses de noviembre y diciembre. Os juro que es, como se dice vulgarmente, "canela en rama".
Saludos desde Granada,
Manolo Rejón

Novedades importantes en el PGC (VIII): Permutas comerciales Vs Permutas no comerciales

Hola nuevamente a todos. Como podeis imaginar, éste soy yo en traje de faena. En fin, yo creo que comí lentejas o algo así el día que me hice la foto porque salgo muy serio. No es mi estado habitual.
Vamos a intentar definir a grandes rasgos qué son las permutas comerciales y no comerciales, mejor que entrar en las farragosas definiciones del nuevo PGC 2008 que asustan un poco.
Empezamos por la fácil. Una permuta no comercial es aquella en la que se cambian activos de la misma naturaleza y uso para la empresa. Por ejemplo, una flota de vehículos se cambia por otra flota que se destina a la misma actividad que venía desempeñando la primera. Este tipo de permuta no debería generar resultado alguno, en todo caso nunca beneficios.
Por su parte. la permuta comercial es aquella en la que se cambian activos de diferente naturaleza y uso para la empresa. Por ejemplo, cambiaremos un terreno por inversiones financieras. Por lo tanto, los flujos de efectivo que generarán ambos activos serán diferentes, en cuanto al tiempo e importe que se obtenga. Esta tipo de permuta puede originar beneficios y pérdidas.
Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

martes, 6 de noviembre de 2007

Ya queda menos para el libro. Hoy os digo la editorial

Hola de nuevo a todos. Ya está prácticamente finalizado mi manual práctico sobre el nuevo PGC. Ahora mismo estoy centrado en la edición del texto. Puesto que estoy recibiendo muchos correos electrónicos y llamadas interesándose en adquirirlo y en contactar con la editorial para hacer la reserva, estos son los datos de contacto :

GRUPO EDITORIAL UNIVERSITARIO (GEU)
Camino de Ronda, 202 - Local 2.

18003 GRANADA
Tlf: 958 800 580
e-mail: grupoeditorial@terra.es

Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

miércoles, 31 de octubre de 2007

Novedades importantes en el PGC (VII): Las adaptaciones sectoriales actuales siguen vigentes...si no contradicen el nuevo PGC

Hola nuevamente. Hoy vamos a exponer el tema de las adaptaciones sectoriales. La Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto del nuevo PGC dice que:

"Con carácter general, las adaptaciones sectoriales y otras disposiciones de desarrollo en materia contable en vigor a la fecha de publicación de este Real Decreto seguirán aplicándose en todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en el Código de Comercio, Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, disposiciones específicas y en el presente Plan General de Contabilidad."

Además, hasta que se aprueben las nuevas adaptaciones sectoriales a las sociedades concesionarias de autopistas, túneles, puentes y otras vías de peaje y a las empresas del sector de abastecimiento y saneamiento de aguas, se mantienen en vigor los criterios relativos a los gastos financieros diferidos de financiación de autopistas, túneles, puentes y otras vías de peaje y los gastos financieros diferidos de financiación de activos del inmovilizado necesarios para llevar a cabo la actividad de abastecimiento y saneamiento de aguas, establecidos en sus normas vigentes actuales.

Finalmente, los criterios por los que se establece la delimitación entre fondos propios y fondos ajenos en las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, aprobadas por Orden del Ministerio de Economía 3614/2003, de 16 de diciembre, podrán seguir aplicándose hasta 31 de diciembre de 2009.

Saludos desde Granada,
Manolo Rejón

lunes, 29 de octubre de 2007

Novedades importantes en el PGC (VI): Distinguir entre TERRENOS Y CONSTRUCCIONES e INVERSIONES INMOBILIARIAS

Hola de nuevo a todos. Muchísimas gracias por vuestros comentarios en el blog y por el aluvión de correos electrónicos que estoy recibiendo, sobre todo pidiéndome el libro. La verdad es que es una sorpresa positiva para mi.
En relación con las inversiones inmobiliarias, el nuevo PGC las clasifica en el subgrupo 22, que lleva el mismo nombre, con dos cuentas:
220. Inversiones en terrenos y bienes naturales
221. Inversiones en construcciones
¿Qué condiciones se tienen que cumplir para que determinados terrenos y construcciones se clasifiquen como inversiones inmobiliarias? Las siguientes condiciones:
"que se posean para obtener rentas, plusvalías o ambas, en lugar de para:
(a) Su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos; o
(b) Su venta en el curso ordinario de las operaciones."
Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

martes, 16 de octubre de 2007

Novedades importantes en PGC (V): ¡Los costes de prestaciones de servicios pueden ser considerados EXISTENCIAS (GRUPO 3)!

Así es. Las empresas que se dediquen a la prestación de servicios (abogados, consultores, auditores, etc.) deberán considerar a partir de ahora que: "Las existencias incluirán el coste de producción de los servicios en tanto aún no se haya reconocido el ingreso correspondiente." ¿Y cuándo no se reconoce el ingreso correspondiente? cuando el resultado de la transacción no pueda ser estimado con fiabilidad. En este caso, para registrar las existencias por los costes incurridos:
(33X) Existencias de servicios en curso
a (71X) Variación de existencias de servicios en curso
En el caso que el resultado de la transacción puede ser estimado con fiabilidad, no contabilizaremos existencias pero debemos llevar a cabo el siguiente asiento, por los ingresos estimados:
(4309) Clientes, facturas pendientes de formalizar
a (705) Prestaciones de servicios
Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

viernes, 12 de octubre de 2007

Novedades importantes en PGC (IV): Cuidadín con el leasing, que se puede contabilizar sin opción de compra

Hola otra vez. Estos son mis perros, mejor dicho, de mis padres y de mi hermano. Aunque parezca mentira, la perrita de color marrón es hija del que está detrás. ¿A qué molan?
El nuevo PGC regula los arrendaminetos operativos, financieros y el lease-back. Lo más novedoso de tal normalización es la contabilización de los arrendamientos financieros, que paso a exponer a continuación:
a) El arrendatario contabilizará el leasing según la naturaleza del bien arrendado. Por lo tanto, si tenemos un leasing de una furgoneta, lo contabilizaremos en el inmovilizado material como elementos de transporte.
b) Por su parte, el arrendador en el momento inicial como un ingreso. La diferencia entre el crédito contabilizado en el activo del balance y la cantidad a cobrar, correspondiente a intereses no devengados, se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que dichos intereses se devenguen, de acuerdo con el método del tipo de interés efectivo.
c) Un leasing se contabilizará como tal cuando de las condiciones económicas de un acuerdo de arrendamiento, se deduzca que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato, dicho acuerdo deberá calificarse como arrendamiento financiero
d) Presunción: En un acuerdo de arrendamiento de un activo con opción de compra, se presumirá que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad, cuando no existan dudas razonables de que se va a ejercitar dicha opción.
e) [OJO] También se presumirá, salvo prueba en contrario, dicha transferencia, aunque no exista opción de compra, entre otros, en los siguientes casos:
  • Contratos de arrendamiento en los que la propiedad del activo se transfiere al arrendatario al finalizar el plazo del arrendamiento.
  • Contratos de arrendamiento en los que el período de alquiler coincida o cubra la mayor parte de la vida económica del activo, y siempre que de las condiciones pactadas se desprenda la racionalidad económica del mantenimiento de dicho arrendamiento.
  • En aquellos casos en los que, al comienzo del arrendamiento, el valor actual de las cantidades a pagar suponga la práctica totalidad del valor razonable del activo arrendado.
  • Cuando las especiales características de los activos objeto del arrendamiento hacen que su utilidad quede restringida al arrendatario.
  • El arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento y las pérdidas sufridas por el arrendador a causa de tal cancelación fueran asumidas por el arrendatario.
  • Los resultados derivados de las fluctuaciones en el valor razonable del importe residual recaen sobre el arrendatario.
  • El arrendatario tiene la posibilidad de prorrogar el arrendamiento durante un segundo periodo, con unos pagos por arrendamiento que sean sustancialmente inferiores a los habituales del mercado.

f) Arrendamiento operativo: los ingresos y gastos, correspondientes al arrendador y al arrendatario, derivados de los acuerdos de arrendamiento operativo serán considerados, respectivamente, como ingreso y gasto del ejercicio en el que los mismos se devenguen, imputándose a la cuenta de pérdidas y ganancias.

Saludos desde la maravillosa ciudad de Granada,

Manolo Rejón

jueves, 11 de octubre de 2007

Ya queda menos para el lanzamiento de mi libro

Hola de nuevo. La foto que veis a la izquierda la hice en el Parque del Retiro, en un pequeño estanque que hay. En el centro del mismo vimos esta isleta con tortugas descansando, pero os puedo jurar que no se movieron en todo el rato que las estuvimos observando. Yo creo que eran hierro.
Bueno, vamos al tema. Ya queda menos para finalizar mi manual práctico del nuevo PGC08. Estoy dándole los últimos retoques para que podais disponer en breve del mismo. Después vendrá la revisión de la editorial y...voilà! la publicación. Son muchos años de estudio de las NIC/NIIF y del nuevo PGC que culminan con esta publicación. Atrás quedan todos los artículos publicados en revistas de prestigio y el Segundo Premio de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas en 2005 por un artículo sobre la adaptación de las empresas españolas a las NIC/NIIF.
Espero y deseo que aquellos que lo compreis consigais el objetivo que yo me he marcado a la hora de llevar a cabo este proyecto: que aprendais de una forma integral a manejar el nuevo PGC 08 y que comprendais la importancia que para vuestra labor como estudiantes, docentes y profesionales tiene dicha soltura. Contiene muchos casos prácticos y ejemplos que os pueden ayudar. Para aquellos que querais un ejemplar, sólo teneis que poneros en contacto conmigo en la cuenta de email de este blog. Más adelante os facilitaré teléfonos y direcciones para hacer los pedidos oportunos.
Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

sábado, 6 de octubre de 2007

El Estado de Flujos de Efectivo (EFE)

El EFE (para ver casos prácticos, pulsar este LINK) es un nuevo estado financiero cuya finalidad es mostrar la forma de obtención de la tesorería generada por la empresa durante el ejercicio económico. Seguramente, de los estados financieros es el más intuitivo para los usuarios de la contabilidad que no tengan conexión con esta disciplina, pues nada más echar un vistazo nos podemos hacer una composición de lugar de la obtención y el uso de la tesorería. Además, rudimentariamente es el estado más usado por toda clase de empresarios, al hacer caja al cierre de la jornada.
Normalmente distinguiremos entre:
  • Flujos de efectivo procedentes de las actividades de explotación son fundamentalmente los ocasionados por las transacciones que intervienen en la determinación del resultado de la empresa. La variación del flujo de efectivo ocasionada por estas actividades se mostrará por su importe neto, a excepción de los flujos de efectivo correspondientes a intereses, dividendos percibidos e impuestos sobre beneficios, de los que se informará separadamente. A estos efectos, el resultado del ejercicio será objeto de corrección para eliminar los gastos e ingresos que no hayan producido un movimiento de efectivo e incorporar las transacciones de ejercicios anteriores cobradas o pagadas en el actual.

  • Flujos de efectivo por actividades de inversión son los pagos que tienen su origen en la adquisición de activos no corrientes y otros activos no incluidos en el efectivo y otros activos líquidos equivalentes, tales como inmovilizados intangibles, materiales, inversiones inmobiliarias o inversiones financieras, así como los cobros procedentes de su enajenación o de su amortización al vencimiento.

  • Flujos de efectivo por actividades de financiación comprenden los cobros procedentes de la adquisición por terceros de títulos valores emitidos por la empresa o de recursos concedidos por entidades financieras o terceros, en forma de préstamos u otros instrumentos de financiación, así como los pagos realizados por amortización o devolución de las cantidades aportadas por ellos.

Saludos desde Granada, Manolo Rejón

PD: la foto de arriba nos la hicimos en una exposición de arte en Venecia.

sábado, 29 de septiembre de 2007

Novedades importantes en PGC (III): El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN)

(Adivina adivinanza: esta foto nos la hicimos en un viaje reciente a Madrid, ¿en qué calle? Madrid es una ciudad para disfrutar).

El ECPN se compone de dos partes: El Estado de Ingresos y Gastos Reconocidos (EIGR) y del Estado Total de Cambios en el Patrimonio Neto (ETCPN).

Por un lado, el EIGR recoge los cambios en el patrimonio neto derivados: del resultado del ejercicio de la cuenta de pérdidas y ganancias, de los ingresos y gastos que deban imputarse directamente al patrimonio neto de la empresa (grupos 8 y 9) y de las transferencias de ingresos y gastos realizadas a la cuenta de pérdidas y ganancias (también en grupos 8 y 9).

Por otro lado, el ETCPN debe informar de todos los cambios habidos en el patrimonio neto derivados: del saldo total de los ingresos y gastos reconocidos (EIGR), de las variaciones originadas en el patrimonio neto por operaciones con los socios o propietarios de la empresa cuando actúen como tales (aumentos y disminuciones de capital, conversión de deuda en capital, etc.), otras variaciones del patrimonio neto y los ajustes al patrimonio neto debidos a cambios en criterios contables y correcciones de errores.

La mecánica de ambos cuadros es bien sencilla, pero será motivo de análisis en otra entrada del blog.

Saludos desde Granada,

M. Rejón

miércoles, 26 de septiembre de 2007

Novedades importantes en PGC (II): El Régimen Transitorio

O cómo aperturar el balance de 2008 con el nuevo PGC (a quien adivine dónde saqué la foto, tiene premio, jeje). La Disposición Transitoria 1ª del borrador del Real Decreto que debe aprobar el nuevo PGC dispone, a grandes rasgos lo siguiente:

  • En general, los criterios valorativos del PGC 2008 deben aplicarse de forma retroactiva (salvo algunas excepciones).

  • Se registrarán todos los activos y pasivos definidos según PGC2008.

  • Se darán de baja todos los activos y pasivos cuyo reconocimiento no está permitido por el PGC2008 (por ejemplo, gastos por intereses diferidos y gastos de establecimiento).

  • Deberán reclasificarse los elementos patrimoniales en sintonía con las definiciones y los criterios incluidos en el PGC2008.

En cuanto a los criterios de valoración, se presumirá que las valoraciones existentes conforme a los principios y normas vigentes en el ejercicio 2007, son equivalentes a las incluidas en el PGC08. Pero dicha presunción no es aplicable a los instrumentos financieros valorados por su valor razonable.

Finalmente y para no aburriros mucho, decir que la contrapartida de los ajustes que se tengan que practicar será generalmente una partida de reservas (supondremos que disponibles y, si no hay, pues a resultados negativos de ejercicios anteriores), excepto en aquellos casos en que la contrapartida de los ajustes sean otras partidas de patrimonio neto.

Saludos desde Maracena (Granada), Manolo R.

jueves, 13 de septiembre de 2007

Novedades importantes en PGC (I): Grupos 8 y 9

Los grupos 8 y 9 recogen los gastos e ingresos imputados directamente al patrimonio neto, es decir, gastos derivados de la valoración de determinados activos y pasivos que no tienen por qué recogerse en la cuenta de pérdidas y ganancias. Por ejemplo, los derivados de la valoración de los activos financieros disponibles para la venta (ADV).

De forma paralela como operan los grupos 6 y 7 con la cuenta 129, las cuentas del subgrupo 13 será el destino final de los saldos de la cuentas del grupo 8 y 9.

El detalle de los grupos 8 y 9 se verá en el Estado de Ingresos y Gastos Reconocidos (EIGR), y posteriormente en el Estado total de Cambios en el Patrimonio Neto (ETCPN). Ambos estados forman el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN).

Saludos desde Granada, Manolo

miércoles, 29 de agosto de 2007

Algunas personalidades importantes

He añadido a los links importantes los currículums de algunas personalidades importantes en la contabilidad en España y cuya intervención en la redacción del nuevo PGC ha sido decisiva: Leandro Cañibano, José Antonio Gonzalo y Enrique Ortega. Sucesivamente iré incorporando información sobre más figuras destacadas, como son Enrique Corona, Araceli Mora, Manuel García-Ayuso, Begoña Giner, etc.

sábado, 25 de agosto de 2007

La contabilización de las "stock options" en el nuevo PGC2008 (share-based payment)

Las antaño famosas "stock options" (puestas de moda cuando Villalonga presidía Telefónica) ya tienen su tratamiento contable en el nuevo PGC2008. Más concretamente, la norma de registro y valoración nº 17 regula las transacciones con pagos basados en acciones, que son aquellas que -a grandes rasgos- a cambio de recibir bienes o servicios, incluidos los servicios prestados por los empleados, son liquidadas por la empresa con acciones o instrumentos con un importe en efectivo basado en el valor de las acciones.
Si bien la problemática contable es mucho más compleja, como una primera aproximación el asiento por el reconocimiento del gasto por los servicios del empleado será:
645. Retribuciones mediante instrumentos de patrimonio
a 147. Provisión por transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio
(si se va a liquidar en efectivo)
a 111. Patrimonio neto por emisión de instrumentos financieros compuestos
(si se va a liquidar con instrumentos de patrimonio)

martes, 19 de junio de 2007

El nuevo Plan General de Contabilidad de 2008

Todo parece listo para la entrada en vigor del nuevo Plan General de Contabilidad en 2008. En efecto, la tramitación de la reforma mercantil en el Congreso y en el Senado es un hecho, por lo que cabe pensar que tras el verano se forzará la máquina para tener el PGC definitivo con efecto 1 de enero de 2008. Todo parece preparado menos...las personas, los medios informáticos, los profesionales, los docentes, etc. Para mucha gente oir hablar del nuevo PGC es experimentar la siguiente sensación:


En efecto, "El Grito" de Munch es ilustrativo. ¿Quienes son los culpables de este desconocimiento? Yo creo que un poco todos los sectores implicados en este país, donde somos especialistas en dejarlo todo para última hora. En fin, comienza la cuenta atrás: ready, steady...go!!!!!

domingo, 17 de junio de 2007

¿Quién era Fray Luca Paccioli?

Hola a todos:

Fray Luca Paccioli (1445-1517) pertenecía a una familia pobre y no pudo ir a la escuela. Pero su perseverancia y tenacidad en el aprendizaje de los oficios lo convirtió con el paso del tiempo en uno de los mejores matemáticos de la Historia. Existe la creencia de que entró en la vida religiosa para poder educarse adecuadamente. Sobre la treintena de años ya era un matemático de renombre y fue profesor de la Universidad de Perugia.



Gracias a la última moda del "Código Da Vinci" y del endiosado Dan Brown, Fray Luca Paccioli está de actualidad, y todo por la amistad con Leonardo Da Vinci, que echó mano de los conocimientos del religioso para ilustrar algunos de sus descubrimientos. Si quereis saber más de Fray Luca Paccioli, os recomiendo que leais el post siguiente pinchando en el siguiente LINK.

Saludos desde Granada,
Manuel Rejón

viernes, 15 de junio de 2007

PGC 2008

Para aquellos interesados en el nuevo plan general de contabilidad, os pongo enlace directo con la página donde podreis encontrar un archivo en pdf (326 páginas, casi ná): www.icac.meh.es

PACCIOLI & CO.

Hola a todos. Este es un blog sobre contabilidad, en esencia. Me gustaría daros las gracias a todos los que lo visiteis y espero ayudar en la medida de lo posible. También me gustaría recibir vuestras colaboraciones. Un saludo para todos.

Manuel Rejón López